lunes, 29 de abril de 2013

LA CODOÑERA ENCERRABA DOS TOROS POR S. COSME

El Concejo encargaba al carnicero la adquisición de los astados.

La Codoñera es uno de los pueblos del Bajo Aragón, igual que Belmonte de San José o Castellote, en los que antiguamente se corrían encierros de toros bravos para las fiestas de San Cosme y San Damián. El patronazgo de estos santos médicos cristianos de la época romana, se estableció en muchos pueblos de la comarca durante el siglo XVI para impetrar su intercesión contra la peste.
Curiosamente, se da la circunstancia de que la mayoría de los encierros de reses bravas que corrían en el Bajo Aragón tenían lugar en poblaciones cuyo patronazgo estaba encomendado a San Cosme y San Damián. Esta coincidencia se debía probablemente a que los encierros propiciaban una de las pocas ocasiones en que la población podía comer carne de vacuno, lo que ayudaba a mejorar la alimentación, que es, sin duda, una medida terapéutica sustancial,recomendada por los médicos de todas las épocas.

Dos Toros en La Codoñera

Un documento del siglo VXIII, revela que el Concejo de la población arrendaba a persona particulares la gestión de los servicios principales llamodos de -"propios" - como la panadería, carnicería, almazara, taberna,mesón y nevera.
El documento citado es,cocretamente la" capitulación para el arrendamiento de la carnicería del lugar de Codoñera, por tiempo de tres años que empezarán a correr el Sábado Santo de este año de 1734 y terminarán el sábado Santo del año 1737".
"Es condición -establece esta capitulación- que el dicho arrendador tenga obligación de traer dos toros para matar en cada año, el día de los santos Cosme y Damián, a sus expensas. Y que estos ( los toros ) los haya de admitir dicho arrendador. Y que la carne de dichos toros se haya de vender en dicha carnicería a un sueldo de moneda jaquesa. Y que el lugar de La Codoñera se la haya de dar despachada y cobrada. Y en caso de que dicho arrendador no cumpliese (el compromiso de traer los dos toros en las condiciones citadas), que dicho lugar pueda buscar (otro contratista de los toros ) a sus expensas. Y que los toros hayan de ser de Alcorisa arriba".
Orta condición establecida era que "dicho arrendador tenga obligación de cerrar el ganado en el corral de la margen que dicho lugar tiene en las eras so pena de veinte sueldos por cada vez que faltase, excepto en el caso de peligrar el ganado si se cerrase con él. Y que el estiércol haya de ser para dicho lugar. Item es condición que dicho lugar. siempre que se apreciara el perderse la carne en dicha carnicería, tenga la obligación de repartirla por sus vecinos, y que dicho lugar la haya de dar cobrada a dicho arrendador. Y en caso que dicha carne, reconocida que sea de los veterinarios no encontrándola buena, no tengan obligación de repartirla".
Las reses bravas para los encierros de La Codoñera se traían de dehesas de la sierra turolense, ( de "Alcorisa arriba", como dice la capitulación de referencia ), o también de las vacadas de Quinto, Fuentes. Gelsa o Tortosa.
La tradición de los encierros, que en esta tierra se corrían por la noche, se perdió hacia 1920.

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